domingo 6 de marzo de 2011

La Constitución de Guatemala Artículo 1 y 2

 

TITULO 1

LA PERSONA HUMANA, FINES Y DEBERES DEL ESTADO

CAPITULO UNICO

Artículo 1.- Protección a la persona. El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común.

Artículo2.- Deberes del Estado. Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.

El artículo 1, declara que el fin supremo de El Estado de Guatemala es la realización del bien común protegiendo a la persona y a la familia.

El artículo 2,  es deber del Estado el garantizar entre otras la vida y la seguridad. A 6,000 muertes por violencia encontramos que el Estado de Guatemala no esta cumpliendo con su fundamental deber.

Ahora revisemos la descripción de un Estado Fallido según la definición en Wikipedia:

En un sentido amplio, el término se usa para describir un Estado que se ha hecho ineficaz, teniendo sólo un control nominal sobre su territorio en el sentido de no tener grupos armados desafiando directamente la autoridad del Estado, no poder hacer cumplir sus leyes debido a las altas tasas de criminalidad, a la corrupción extrema, a un extenso mercado informal, burocracia impenetrable, ineficacia judicial, interferencia militar en la política.

Cuando leemos noticias que Petén, Izabal, San Marcos y Zacapa son territorios del narcotráfico y del crimen organizado no podemos sino preguntarnos si el actual gobierno no es un Estado Fallido.  Juzgue cada uno según su inteligencia y entendimiento.

Mañana veremos los artículos del 3 al 5 que describen sobre el derecho a la vida, igualdad y libertad de acción.

Manolo Herrera

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